El seguimiento del doctorando se refiere a la evaluación anual del progreso del estudiante en su programa de doctorado. Este proceso implica la revisión de su plan de investigación y su documento de actividades. Tanto el director como el tutor del doctorando deben emitir informes para esta evaluación. Este seguimiento es esencial para garantizar la calidad de la investigación y la formación del doctorando
En el momento de formalizar la primera matrícula de tutela académica en el programa, el doctorando, la dirección de la EIDUS, el director de la tesis doctoral y el tutor deberán suscribir un Compromiso documental y de supervisión (Agreement of engagement and supervision (EN)) que incluirá el procedimiento de resolución de conflictos y contemplará los aspectos relativos a los derechos de propiedad intelectual e industrial, que puedan generarse en el ámbito del programa de doctorado y en relación con la tesis doctoral. Una vez cumplimentado y firmado se entregará junto con el resto de documentación correspondiente a la matrícula. Posteriormente la secretaría se encargará de que este compromiso sea firmado por la Dirección de la EIDUS. Si se encuentra matriculado de tutela de tesis, en el caso de solicitar la modificación del Tutor o del Director de tesis, no debe ser firmado previamente por la Dirección de la EIDUS en el proceso de solicitud de estas modificaciones.
Saber más: Arts. 57 de la Normativa de estudios de Doctorado (Acuerdo 6.1/CG 23-7-19)
Antes de la finalización del primer año, contado desde la fecha de la matrícula, el doctorando, con la asistencia de su director y su tutor , elaborará un documento que incluya un plan de investigación y un plan de formación personal.
El Plan de Investigación (PI) incluirá, al menos, el título de la tesis doctoral, la metodología que utilizará en su investigación y los objetivos que pretende alcanzar, así como los medios y la planificación temporal para lograrlos.
El Plan de Formación Personal (PFP) del doctorando/a contendrá una previsión de las distintas actividades formativas que se desarrollarán durante la realización de la tesis doctoral (cursos, impartición de seminarios, acciones de movilidad, etc.). Dicho documento se podrá mejorar y detallar a lo largo de su estancia en el programa y debe estar avalado por la director o director y por la tutora o tutor . En el caso de los doctorandos con Mención Industrial, se tendrá en cuenta además lo dispuesto en el artículo 15 bis del Real Decreto 99/2011 (Legislación consolidada), sobre la memoria científico-técnica.
Se realiza a través de la aplicación informática que gestiona el Registro de Actividades y el Plan de Investigación (RAPI) para todos los programas de doctorado (Manual de uso de RAPI para doctorandos)
Se habilitará para cada estudiante matriculado en el programa de doctorado un Documento de Actividades del Doctorando (DAD), consistente en un registro individualizado de control de todas las actividades de interés desarrolladas por el doctorando. Se realiza a través de la aplicación informática que gestiona el Registro de Actividades y el Plan de Investigación (RAPI) para todos los programas de doctorado (Manual de uso de RAPI para doctorandos)
Posteriormente durante el acto de defensa de la tesis doctoral, el tribunal que evalúe la tesis dispondrá del documento de actividades del doctorando, con las actividades formativas llevadas a cabo, y los informes de personas expertas externas, así como, en su caso, la respuesta del doctorando a los mismos. El documento de actividades no dará lugar a una puntuación cuantitativa pero sí constituirá un instrumento de evaluación cualitativa que complementará la evaluación de la tesis doctoral. Estos tres documentos serán proporcionados por la EIDUS al secretario del tribunal. (art 86.3 de la Normativa de Estudios de Doctorado)
Anualmente, la comisión académica del programa evaluará el Plan de investigación (PI) y el Documento de Actividades (DAD) junto con los informes emitidos por el tutor y el director . A tal efecto, el Comité de Dirección de la EIDUS establecerá una convocatoria para cada curso académico.
Los doctorandos presentarán las solicitudes de evaluación a través de la plataforma informática RAPI , posteriormente tutor y directores emitirán sus informes (cualquier tipo de duda, consulta o incidencia en el uso de RAPI deberán dirigirse al Centro de Atención a Estudiantes:
A la vista de los informes emitidos por director/es y tutor, la comisión académica emitirá una de las siguientes evaluaciones conjuntas:
- EVALUACIÓN POSITIVA: superación de la evaluación conjunta PI/DAD presentados por el doctorando. No es posible evaluar positivamente a estudiantes que no hayan concurrido al proceso de evaluación y presentados la correspondiente documentación a través de RAPI
- EVALUACIÓN NEGATIVA:
- No superación de la evaluación conjunta PI/DAD presentados por el doctorando/a.
- No presentación por parte del doctorando/a de documentación para evaluación conjunta PI/DAD. Aplica únicamente a estudiantes que no se encuentren de baja temporal o de baja por incapacidad temporal.
- NO EVALUADO:
- En aquellos casos en que el estudiante se encuentre de baja temporal o de baja por incapacidad temporal y no proceda la evaluación,
- Estudiantes que han accedido al programa en la segunda fase de admisión y
- Estudiantes que, habiendo solicitado el informe del comité ético de investigación, no lo han recibido en fecha previa a la evaluación, quedando ésta suspendida hasta tanto no se reciba el informe del referido comité (artículo 60.5 de NEDUS)
En caso de evaluación negativa, que será debidamente motivada, el doctorando deberá ser de nuevo evaluado en el plazo de seis meses. En el supuesto de producirse nueva evaluación negativa, el doctorando causará baja definitiva en el programa.