Título de Doctor

El título de doctor como título oficial con validez en todo el territorio nacional, será expedido por la Universidad de Sevilla a todos aquellos doctorandos cuya tesis doctoral haya sido aprobada de acuerdo con lo expuesto en las presentes normas. El título de “Doctor o Doctora por la Universidad de Sevilla” será expedido en nombre del Rey por el Rector de la Universidad de Sevilla, de acuerdo con la legislación vigente, e incluirá la información que proceda conforme a la legislación vigente en relación a la obtención por el doctorando de menciones de Doctor industrial, Doctor internacional, o realización de titulación conjunta o tesis en régimen de cotutela.

Una vez defendida y aprobada la tesis el doctorando podrá solicitar la expedición del título universitario de Doctor en la secretaría de la Escuela Internacional de Doctorado de la Universidad de Sevilla  (solicitar cita previa) donde le informarán del procedimiento. Una vez revisado su expediente académico y comprobado el cumplimiento de los requisitos necesarios para su obtención, se le hará entrega al interesado del resguardo del título.

El procedimiento a seguir es el siguiente:

  1. Solicitar la carta de pago de los derechos del título a la EIDUS y abonar las tasas (es importante tener en cuenta que  la fecha de expedición del título de Doctor corresponderá a la de abono de las tasas). De forma opcional, los estudiantes miembros de la Unión Europea (requisito para solicitar DNI o NIE) podrán realizar la solictud a través de Sede Electrónica de la Universidad de Sevilla.
  2. Entregar en Registro de la Universidad (Registro General, calle San Fernando, o Registro Auxiliar, Pabellón de Brasil) la siguiente documentación:
    • Carta de pago abonada (Ver: Precios públicos y tasas)
    • T12 - Anexo 12: Solicitud de título oficial de Doctor
    • Para doctorandos españoles: fotocopia compulsada del DNI (anverso y reverso).
    • Para doctorandos de otros países: fotocopia compulsada del pasaporte en vigor (anverso y reverso).
    • Fotocopia compulsada del título oficial con el que accedió al programa de doctorado:
    • Países pertenecientes al Espacio Europeo de Educación Superior: fotocopia debidamente compulsada del título de acceso a los estudios de doctorado (anverso y reverso del título de Licenciado., Arquitecto, Ingeniero, Máster Universitario, etc.). 
    • Países no pertenecientes al Espacio Europeo de Educación Superior: fotocopia compulsada del título de acceso a los estudios de doctorado (anverso y reverso) debidamente legalizado.
      • Los documentos oficiales expedidos en el extranjero se ajustarán a los siguientes requisitos:
        • Deberán ser oficiales y estar expedidos por las autoridades competentes para ello, de acuerdo con el ordenamiento jurídico del país de que se trate.
        • Deberán presentarse legalizados por vía diplomática o, en su caso, mediante apostilla del Convenio de La Haya u otros procedimientos como el existente entre los países signatarios del Convenio Andrés Bello. Este requisito no se exigirá a los documentos expedidos por las autoridades de los Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. Más información en Legalización de Documentos
        • Todos los documentos deberán ir acompañados de la correspondiente traducción al castellano, realizada, en todo caso, por un traductor oficial.En caso de duda sobre la autenticidad, validez o contenido de los documentos aportados, se efectuarán las diligencias necesarias para su comprobación, pudiendo dirigirse a la autoridad competente expedidora de dichos documentos para validar los extremos dudosos.
  3. En el plazo aproximado de 10 días de haber entregado la documentación en Registro, tendrán disponible el resguardo para su retirada en la EIDUS.
  4. Una vez expedido el título de Doctor, se comunicará por escrito al interesado y lo podrá recoger de la EIDUS (Ver Recogida del título de doctor)
  5. Si necesita un certificado oficial de la calificación y los datos de la lectura de la tesis doctoral, se puede solicitar en cualquier momento, abonando las tasas correspondientes.
  6. El interesado podrá obtener, solicitando en la Unidad de Títulos del Pabellón de Brasil, una certificación supletoria del título de Doctor (ver apartado Certificación supletoria provisional)
  7. Es importante que los doctores introduzcan los datos de su tesis doctoral en el repositorio institucional Teseo del Ministerio de Educación: https://www.educacion.gob.es/teseo/irGestionarConsulta.do

Completado el expediente de expedición del título de doctor, la Universidad de Sevilla podrá facilitar una certificación supletoria provisional que sustituirá al título y gozará de idéntico valor a efectos del ejercicio de los derechos a él inherentes, en tanto no se produzca su expedición material. Dicha certificación incluirá los datos esenciales que deben figurar en el título correspondiente y el número de registro nacional de titulados universitarios oficiales, será firmada por el Rector y tendrá una validez de un año desde la fecha de emisión que será prorrogable cuando por causas técnicas no haya podido la Universidad expedir el título

Una vez expedido el título de Doctor, se comunicará por escrito al interesado y podrá retirarlo de la EIDUS. Deberá retirarlo personalmente el interesado debiendo aportar el resguardo que recibió al solicitar dicho título, orden de pago de los derechos de expedición y DNI o pasaporte.

En caso de no poder retirarlo personalmente podrá optar por:

  • Autorizar a otra persona mediante poder notarial expedido por notario español
  • Solicitar el envío del mismo a la Subdelegación del Gobierno que desee (en caso de residir fuera de la provincia de Sevilla).
  • Solicitar el envío a la embajada/consulado español más próximo a su lugar de residencia (caso de residir fuera de España).

  • La tramitación y resolución de expedientes de declaración de equivalencia de los títulos extranjeros de educación superior al nivel académico de doctor se regirá por lo establecido en el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre o la legislación que lo sustituya. La EIDUS será el órgano encargado de instruir el procedimiento y elevar al Rector la correspondiente propuesta de resolución, previo informe razonado de la Comisión Ejecutiva de la EIDUS.
  • El procedimiento se iniciará mediante solicitud del interesado T13 - Solicitud de equivalencia de título extranjero de Doctor al Título de Doctor por la US, dirigida al Rector de la Universidad de Sevilla, presentada en el Registro de la Universidad, o en los lugares establecidos en el art. 16 de la Ley 39/2015, acompañándose de la correspondiente documentación.
  • La presentación de la solicitud implicará el devengo de la tasa por equivalencia de títulos y estudios extranjeros, que legalmente se establezcan, siendo necesaria su justificación para la tramitación del expediente.
  • A los efectos de acreditación de la concesión de equivalencia, la Universidad de Sevilla emitirá un certificado en el que se hará constar el título extranjero poseído por el interesado y la Universidad de procedencia. La citada equivalencia no implicará, en ningún caso, la homologación, declaración de equivalencia o reconocimiento de otro u otros títulos extranjeros de los que esté en posesión el interesado, ni el reconocimiento en España a nivel distinto al de doctor.

Más informaciónReal Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores